Multas de tráfico: infracciones leves, graves y muy graves, y delitos contra la seguridad vial
Escucha el resumen de la lección· 2:43
- Las multas generales son de hasta 100 euros, 200 o 500 según la gravedad; hay excepciones.
- El descuento del 50 % exige pagar dentro del plazo y renunciar a las alegaciones.
- El dinero y los puntos son consecuencias distintas: el descuento no reduce los puntos.
- La velocidad, el alcohol y la negativa a las pruebas pueden llevarte ante un juez.
- Conducir sin haber obtenido nunca permiso es delito, aunque el trayecto sea corto.
Un cambio de sentido indebido y no obedecer a un agente cuestan lo mismo, pero restan puntos distintos.
Una maniobra prohibida puede llevarte ante un juez. ¿Qué consecuencias tiene cada infracción?
¿Cuánto cuesta una infracción?
Dejas el vehículo en una curva peligrosa: es una infracción grave, con multa general de 200 euros.
Parar o estacionar en carriles bus o vías ciclistas, curvas, cambios de rasante, plazas reservadas a personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores o intersecciones es una infracción grave.
| Infracción | Multa general | Ejemplo |
|---|---|---|
| Leve | Hasta 100 euros | No pagar un peaje exigible |
| Grave | 200 euros | Estacionar en un lugar peligroso |
| Muy grave | 500 euros | Circular en sentido contrario |

La velocidad tiene un baremo propio, una tabla según el límite y el exceso. Las multas generales y las de velocidad pueden aumentar un 30 % por gravedad, antecedentes, reincidencia (repetición de infracciones) y peligro, respetando la proporcionalidad.
Conducir con un inhibidor, un aparato que interfiere en la vigilancia del tráfico, se sanciona con 6.000 euros. Instalar un inhibidor de radares en un vehículo es una infracción muy grave. Llevar un detector de radares es solo grave: 200 euros y 3 puntos.
Llevas a un herido grave sin poder recurrir a otro medio. Si incumples las normas de ese servicio urgente, es grave: 200 euros en general, igual que para un vehículo prioritario.
Si estás implicado en un accidente, negarte a dar tu identidad al agente encargado de vigilar el tráfico es una infracción grave.
¿Toda multa quita los mismos puntos?
Desobedeces a un agente: 200 euros y 4 puntos. Los puntos se pierden por determinadas infracciones cuando la sanción es firme: ya no puede discutirse ante la Administración.
Por exceso de velocidad, tanto la multa como los puntos se fijan según el límite de la vía y la velocidad registrada en el baremo del anexo IV.
Un cambio de sentido contrario a las normas es grave: 200 euros y 3 puntos. Dar marcha atrás en autopistas o autovías cuesta 4 puntos; si constituye circulación en sentido contrario, se califica como muy grave.

También son graves, con 200 euros y 4 puntos: saltarte un semáforo en rojo, un stop o un ceda el paso; no guardar la distancia de seguridad; y no usar, o usar mal, el cinturón, la retención infantil o el casco obligatorios. Usar el móvil en la mano mientras conduces cuesta 200 euros y 6 puntos.
Conducir usando auriculares conectados o manejando el navegador a mano es una infracción grave, con 200 euros de multa y 3 puntos menos.
Llevar a un menor en un asiento delantero o trasero cuando no está permitido también es grave y se sanciona con 200 euros, sin pérdida de puntos por ese solo motivo.
Las señales de obligación y las restricciones de paso se obedecen siempre. Infringir una obligación sobre el sentido de circulación es grave, salvo circular en sentido contrario, que es muy grave.
Dos notificaciones indican 200 euros. ¿Qué puedes deducir sobre los puntos?
¿Pagar pronto permite reclamar después?
Recibes una denuncia de 200 euros y puedes pagar con descuento o defenderte. Si pagas en el acto o en 20 días naturales (festivos incluidos) desde el día siguiente a la notificación, te rebajan un 50 %: es el procedimiento abreviado.
Pero al pagar renuncias a las alegaciones, los argumentos contra la denuncia, y se cierra la vía administrativa: solo puedes recurrir ante un juez. El descuento afecta al dinero, no a los puntos.

¿Una denuncia desaparece por dejar pasar el tiempo?
La prescripción limita el tiempo para perseguir una infracción: tres meses para las leves y seis para las graves y muy graves, desde el día de los hechos.
Pero el plazo se interrumpe por determinadas actuaciones administrativas y notificaciones. Una multa ya firme tiene otro plazo de prescripción: cuatro años, desde el día siguiente a su firmeza administrativa.
El TESTRA, Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico, publica notificaciones antes del boletín oficial, de forma opcional. No es el único medio.
¿Puedes seguir después de que te denuncien?
En un control detectan un defecto del vehículo que supone un riesgo especialmente grave. Los agentes pueden ordenar su inmovilización: impedir que siga circulando. También cabe por falta de autorización para circular o seguro obligatorio, por un positivo o por negarse a las pruebas.
No usar casco o un dispositivo obligatorio de retención infantil también permite inmovilizar, con la excepción de los ciclistas para esta causa. La inmovilización es distinta de la multa.
Si has cometido la infracción, pagas los gastos de inmovilización antes de que se levante y, si se acredita una infracción por emisiones o ruido, manipulación de controles o sistemas para eludir la vigilancia, también los de inspección.
¿Cuándo la velocidad pasa a ser delito?
Imagina un turismo a 115 km/h en una vía urbana limitada a 50: el exceso es de 65. Con un vehículo de motor o ciclomotor, superar el límite de velocidad en más de 60 km/h en vía urbana o más de 80 en interurbana constituye delito.
Se castiga con prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. En todos los casos se añade la privación de conducir por más de un año y hasta cuatro.
La multa penal en meses se calcula por días: el juez fija el importe de cada uno según tu situación económica.
En una multa penal, cada mes cuenta como treinta días de multa.
¿Qué cambia en un control de alcohol o drogas?
En vía administrativa, el alcohol por encima de lo permitido es muy grave: 500 euros; son 1.000 euros si superas el doble de la tasa permitida o ya te sancionaron por exceso de alcohol el año anterior.
La presencia de drogas y la negativa a las pruebas tienen multa administrativa de 1.000 euros. Se exceptúan las sustancias prescritas para tratamiento, si puedes conducir con diligencia, precaución y sin distraerte.
Estas infracciones restan puntos: 6 por drogas y por negarte a las pruebas, y 4 o 6 por alcohol según la tasa.
Conducir un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia del alcohol o las drogas, que afecta a la conducción, es delito. También lo es, en todo caso, superar 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre: las penas son las indicadas para el delito de velocidad.

Si un agente requiere al conductor las pruebas legalmente establecidas y este se niega, comete delito: prisión de seis meses a un año y privación de conducir por más de uno y hasta cuatro años.

Tu tasa no supera el umbral penal. ¿Qué falta comprobar?
¿Y si tu permiso no cubre ese vehículo?
Te prestan un vehículo para el que tu permiso B no sirve. Conducirlo careciendo del permiso correspondiente es muy grave: 500 euros; tener un permiso que no habilita para ese vehículo supone 4 puntos.
También pierdes 4 puntos si conduces con la autorización administrativa suspendida o con el uso de ese vehículo prohibido.
Conducir un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso es delito. También lo es hacerlo con pérdida de vigencia por agotar los puntos o tras la privación judicial del permiso, provisional o definitiva.
La pena es prisión de tres a seis meses, o multa penal de doce a veinticuatro meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

¿Y si tu conducta pone vidas en peligro?
La temeridad manifiesta, una conducción claramente peligrosa, es delito si pone en peligro concreto a personas: prisión de seis meses a dos años y privación de conducir por más de uno y hasta seis.
Con manifiesto desprecio por la vida ajena, las penas aumentan. Si además causas lesiones constitutivas de delito, se aplica la infracción más gravemente penada en su mitad superior (tramo más alto de la pena) y se indemnizan los daños.
Después de causar un accidente
Conduces un turismo, causas un accidente mortal y te marchas voluntariamente, sin riesgo para ti ni para terceros: es abandono si las víctimas ya están atendidas. Vale también con heridos que necesitan tratamiento médico o quirúrgico además de la primera asistencia.
Dejar sin ayuda a alguien desamparado en peligro manifiesto y grave, pudiendo auxiliarle sin riesgo propio ni ajeno, es omisión del deber de socorro.
Si tú causaste el accidente, la omisión de socorro se castiga con seis a dieciocho meses de prisión si fue fortuito, o de seis meses a cuatro años si fue por imprudencia.

Si el accidente procede de una imprudencia, el abandono se castiga con prisión de seis meses a cuatro años y privación de conducir de uno a cuatro. Si fue fortuito, accidental sin imprudencia, prisión de tres a seis meses y privación de seis meses a dos años. Repasa cómo actuar en un accidente.
Crear un peligro sin estar conduciendo
Colocas un obstáculo imprevisible en la vía y originas un grave riesgo. También es delito, igual que derramar sustancias deslizantes o no restablecer la seguridad cuando tienes obligación de hacerlo.
Antes del quiz: ¿multa, puntos, inmovilización o juez?