Puntos y multas
Multas de tráfico: leves, graves, muy graves y pronto pago
No todas las infracciones de tráfico pesan lo mismo. La ley las clasifica en leves, graves y muy graves. Cada tipo tiene su multa, y algunas infracciones tienen un importe propio, a menudo mucho más alto.
Aquí tienes la escala completa:
- qué entra en cada tipo;
- cuánto cuesta;
- cuándo la multa baja a la mitad;
- qué pasa si no pagas;
- cuándo prescribe.
Lo que pregunta el examen lo aprendes en la lección de multas, sanciones y delitos. TestAutoescuela es un sitio independiente: no somos la DGT, no tramitamos multas y no puedes consultar ni pagar una multa aquí.
Ley de tráfico citada en su versión consolidada hasta el , consultada el .
- Hasta 100 €infracción leve
- 200 €infracción grave
- 500 €infracción muy grave, salvo los importes especiales
- 50 %menos si pagas en 20 días naturales, salvo excepciones
Multa, puntos y delito: tres cosas distintas
Cuando incumples la ley de tráfico, cometes una infracción administrativa. La sanciona la Administración, no un juez, y la sanción normal es una multa.
Los puntos van aparte. Solo los quitan algunas infracciones graves y muy graves, cuando la sanción es firme. Cuántos quita cada una lo tienes en cómo se pierden los puntos.
Los hechos más graves son delitos del Código Penal. Si en el procedimiento aparecen indicios de un delito que se persigue de oficio, la Administración avisa al Ministerio Fiscal y suspende sus actuaciones.
- Si el juez condena, el procedimiento de la multa se archiva.
- Si absuelve, o el proceso termina sin condena, y no es porque el hecho no existió, la Administración puede iniciar o seguir con la multa.
Los casos más comunes los tienes en conducir sin carnet y otros delitos de tráfico.
Infracciones leves, graves y muy graves
Las graves y las muy graves lo son «cuando no sean constitutivas de delito». Esta tabla resume lo que pone la ley en cada tipo, con ejemplos tomados de sus listas.
| Tipo | Multa general | Ejemplos de la ley |
|---|---|---|
| Leve | Hasta 100 € |
|
| Grave | 200 € |
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| Muy grave | 500 € |
|
El exceso de velocidad puede ser grave o muy grave según la velocidad a la que ibas. Tiene su propio cuadro de importes, de 100 a 600 euros: te lo explicamos en multas por exceso de velocidad.
Usar en las pruebas del permiso un dispositivo de intercomunicación no autorizado, o ayudar a quien lo usa, es una infracción muy grave. Además de la multa, el aspirante no puede presentarse a las pruebas del permiso durante 6 meses.
Las multas con un importe propio
La ley fija importes especiales para algunas infracciones muy graves. En estos casos no vale la multa general de 500 euros.
| Infracción | Multa |
|---|---|
| Conducir cuando hay drogas en tu organismo | 1.000 € |
| No someterte a las pruebas de alcohol o de drogas | 1.000 € |
| Superar la tasa de alcohol | 1.000 € solo si ya te sancionaron por exceder la tasa en el año inmediatamente anterior, o si superas el doble de la tasa permitida |
| Conducir un vehículo con un inhibidor de radares instalado | 6.000 € |
| No identificar al conductor cuando te lo piden, como titular o arrendatario del vehículo | El doble de la multa de la infracción que lo motivó si era leve, el triple si era grave o muy grave |
Estas infracciones:
| De 3.000 a 20.000 € |
Con el alcohol, fuera de esos dos casos, se aplica la multa general de las muy graves: 500 euros. La tabla completa por tasas, con los puntos, la tienes en sanciones por alcohol al volante.
Imagina que te llega una multa grave de 200 euros a nombre de tu coche, porque no te pararon, y lo conducía otra persona. Tienes 20 días naturales para decir, con datos ciertos, quién conducía.
Si no lo haces, la nueva multa es el triple de la original: 600 euros. Este importe lo calculamos nosotros; la ley dice solo que es el triple.
La multa puede subir un 30 %
La ley permite aumentar un 30 % la multa general de cada tipo y las de exceso de velocidad. Se tienen en cuenta cinco criterios:
- la gravedad y la trascendencia del hecho;
- tus antecedentes;
- si eres reincidente;
- el riesgo que has causado tanto para ti como para quienes usan la vía;
- la proporcionalidad.
Ejemplo, con un cálculo de esta página: una multa grave de 200 euros con un 30 % más son 260 euros. Una muy grave de 500 euros pasa a 650. Los mismos criterios se aplican también a las multas de 3.000 a 20.000 euros.
Pagar con un 50 % de reducción
Cuando te notifican la denuncia, en el acto o más tarde, tienes 20 días naturales para elegir. Puedes pagar con reducción o presentar alegaciones y pruebas. Los 20 días se cuentan desde el día siguiente a la notificación.
Si pagas en el acto o dentro de ese plazo, la multa baja un 50 %. Es el procedimiento abreviado. A cambio, esto es lo que pasa:
- renuncias a presentar alegaciones: si las presentas, se tienen por no presentadas;
- el procedimiento termina el día del pago, sin resolución expresa;
- la sanción queda firme en vía administrativa desde el pago. Solo puedes recurrirla ante los tribunales de lo contencioso-administrativo. El plazo para recurrir empieza el día siguiente al pago;
- si la infracción es grave y no te quita puntos, el registro de conductores e infractores no la recoge como antecedente.
Los puntos se pierden con la sanción firme, y el pago la hace firme.
Así quedan las multas de esta página con el pronto pago (cálculo de esta página: la mitad de cada importe):
| Multa | Con pronto pago |
|---|---|
| Leve, hasta 100 € | La mitad: hasta 50 € |
| Grave, 200 € | 100 € |
| Muy grave, 500 € | 250 € |
| Drogas, negarte a las pruebas o alcohol en los dos casos agravados, 1.000 € | 500 € |
| Inhibidor de radares, 6.000 € | Sin reducción |
| No identificar al conductor | Sin reducción |
| De 3.000 a 20.000 € | Sin reducción |
¿Por qué esas tres no bajan? La ley dice que el procedimiento abreviado, el del pago con reducción, no se aplica a esas infracciones. Las multas de velocidad con pronto pago están en su página.
Si no pagas ni presentas alegaciones
Si dejas pasar los 20 días naturales sin pagar y sin alegar, en estos casos la propia denuncia vale como resolución:
- las infracciones leves, siempre;
- las graves sin pérdida de puntos que no te notificaron en el acto;
- las graves y muy graves que te notificaron en el acto, quiten o no puntos.
En esos casos, la sanción se puede ejecutar una vez transcurridos 30 días naturales, contados desde que te notifican la denuncia. En los demás casos, el procedimiento sigue y termina con una resolución sancionadora.
Si quieres presentar un recurso de reposición contra la resolución sancionadora, tienes un mes. El plazo empieza a contar al día siguiente de recibir la notificación. Presentarlo no suspende el pago de la sanción.
Una vez firme la sanción, tienes un plazo final de 15 días naturales para pagar. Si no pagas, empieza el procedimiento de apremio: el cobro forzoso, con los órganos y las normas de recaudación tributaria.
Si el conductor no paga, el titular del vehículo es responsable subsidiario: puede tener que pagar él la multa. Esto no pasa en cuatro casos:
- el vehículo se usó en contra de su voluntad y queda acreditado, por ejemplo por un robo o un hurto;
- el titular es una empresa de alquiler sin conductor;
- el vehículo tenía designado un arrendatario a largo plazo cuando se cometió la infracción: responde el arrendatario;
- el vehículo tenía designado un conductor habitual en ese momento: responde ese conductor.
Si pagas tú como responsable subsidiario, puedes reclamar al infractor todo lo que has pagado.
Cuándo prescribe una multa
La ley distingue dos plazos: el de la infracción, antes de que te sancionen, y el de la multa ya firme.
| Qué prescribe | Plazo | Desde cuándo |
|---|---|---|
| Infracción leve | 3 meses | El mismo día de los hechos |
| Infracción grave o muy grave | 6 meses | El mismo día de los hechos |
| Multa ya firme | 4 años | El día siguiente a su firmeza en vía administrativa |
Si la multa ya está en apremio, las normas tributarias determinan cómo se cuenta el plazo de 4 años y cuándo se interrumpe.
El plazo de la infracción se interrumpe con la notificación de la denuncia. También con cualquier actuación de la Administración que conozcas, o que sirva para averiguar tu identidad o tu domicilio con otros organismos.
Vuelve a correr si el procedimiento se paraliza más de un mes por una causa que no depende de ti.
Hay otro límite: si pasa un año desde que empezó el procedimiento sin resolución sancionadora, el procedimiento caduca y se archiva. Si se paralizó porque los hechos estaban en un juzgado penal, ese año se suspende y luego sigue contando.
Quién te pone la multa
Depende de dónde cometiste la infracción:
- Vías interurbanas y travesías: el Jefe de Tráfico de la provincia donde pasó el hecho, que trabaja en la Jefatura Provincial de Tráfico.
- Si la infracción ocurrió en varias provincias, el de la provincia donde se denunció primero.
- Puede delegar esta competencia. Por ejemplo, en el Director del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas, para las infracciones captadas con imágenes que identifican el vehículo.
- Vías urbanas: el alcalde. Quedan fuera:
- las infracciones sobre autorizaciones administrativas, como el permiso de conducción o el permiso de circulación del vehículo;
- las de condiciones técnicas del vehículo;
- las del seguro obligatorio.
- Comunidades autónomas que han recibido las funciones de tráfico: los órganos que fija su propia normativa.
- Ceuta y Melilla: los Jefes Locales de Tráfico, en lugar de los Jefes Provinciales.
Para el resto de puntos, retiradas y cursos, vuelve a la guía de puntos y multas.
Preguntas frecuentes sobre los tipos de multas
¿Qué tipos de multas de tráfico hay?
La ley clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves. Cada tipo tiene su multa general: hasta 100 euros, 200 euros y 500 euros.
Algunas infracciones tienen un importe propio, como el exceso de velocidad, las drogas, el alcohol en algunos casos o el inhibidor de radares.
¿Cuánto cuesta una multa grave?
La multa general de una infracción grave es de 200 euros. La de una muy grave, 500 euros, y la de una leve, hasta 100 euros.
La ley permite subir estas cuantías un 30 % según la gravedad del hecho, tus antecedentes, la reincidencia, el peligro creado y la proporcionalidad.
¿Todas las multas quitan puntos?
No. Solo quitan puntos algunas infracciones graves y muy graves, las que la ley relaciona en sus listas de puntos. Una infracción leve solo tiene multa. Los puntos se descuentan cuando la sanción es firme y se anota en el registro de conductores e infractores.
¿Qué multas no tienen descuento por pronto pago?
No tienen la reducción del 50 % las multas por conducir con un inhibidor de radares. Tampoco las de no identificar al conductor cuando te lo piden como titular o arrendatario del vehículo. Ni las de 3.000 a 20.000 euros, como retirar o dañar una señal.
Para estas infracciones la ley excluye el procedimiento abreviado, que es el del pago con reducción.
¿Qué pasa si no pago una multa de tráfico?
Cuando la sanción es firme, tienes un plazo final de 15 días naturales para pagar. Si no pagas, empieza el procedimiento de apremio, es decir, el cobro forzoso según las normas tributarias.
Si el conductor no paga, el titular del vehículo es responsable subsidiario: puede tener que pagar él, salvo algunas excepciones, como el robo del vehículo.
¿Cuándo prescribe una multa de tráfico?
La infracción prescribe a los 3 meses si es leve y a los 6 meses si es grave o muy grave, contados desde el día de los hechos. La notificación y otras actuaciones de la Administración interrumpen ese plazo.
Una multa ya firme prescribe a los 4 años, contados desde el día siguiente a su firmeza. Si ya está en apremio, ese plazo se rige por la normativa tributaria.
¿Quién pone la multa: la Jefatura de Tráfico o el ayuntamiento?
Depende de la vía. En vías interurbanas y travesías sanciona el Jefe de Tráfico de la provincia donde pasó el hecho.
En vías urbanas, el alcalde, salvo algunas materias, como las autorizaciones administrativas (el permiso de conducción o el de circulación), las condiciones técnicas del vehículo o el seguro obligatorio.
En las comunidades autónomas que han recibido las funciones de tráfico, sanciona el órgano que fija su normativa.
¿Te preparas para el examen teórico? Repasa las multas y los delitos y ponte a prueba.
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- Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: clases de infracciones, multas, graduación, competencia, relación con el proceso penal, pronto pago, procedimiento ordinario, recursos, cobro, responsables del pago, prescripción y caducidad. Versión consolidada hasta el 1 de octubre de 2026.