Señales de fin de prohibición, restricción u obligación · R-500
R-500: qué significa la señal de fin de prohibiciones
La R-500 pone fin a las prohibiciones particulares señalizadas antes para los vehículos que circulan. No elimina las reglas generales, las obligaciones ni las prohibiciones de estacionamiento.

Qué significa «Fin de prohibiciones»
Su nombre oficial es Fin de prohibiciones. Para entenderlo, fíjate en el alcance: termina restricciones que otras señales habían impuesto a la circulación de vehículos.
Por ejemplo, pueden acabar a la vez una limitación particular de velocidad y una prohibición de adelantar. No necesitas una señal de fin distinta para cada una si encuentras la R-500.
- Una R-301 de velocidad máxima anterior puede dejar de aplicarse.
- La prohibición de adelantar impuesta por una señal anterior también puede terminar.
- Los límites generales y las condiciones necesarias para adelantar siguen siendo obligatorios.
Relaciona la R-500 con las señales que has pasado. Terminan sus prohibiciones específicas para circular; no desaparecen las demás reglas de conducción.
Dónde está y desde cuándo tiene efecto
La R-500 marca el punto donde terminan esas prohibiciones. Su efecto empieza en el lugar de la señal, no cuando la distingues a lo lejos.
Si la limitación sigue vigente hasta ella, debes mantenerla mientras te aproximas. Ver el fin de prohibiciones al fondo de una recta no te permite anticiparlo.
Después debes atender a la señalización que encuentres. La R-500 no crea un tramo sin reglas ni deja sin efecto las señales que aparezcan más adelante.
Qué hacer cuando la pasas
Revisa qué ha terminado antes de cambiar tu conducción. Que desaparezca una restricción no te obliga a acelerar ni a iniciar un adelantamiento.
- Identifica las prohibiciones anteriores a las que afecta la R-500.
- Comprueba el máximo que corresponde a tu vehículo y a la vía. Ajusta además la velocidad al tráfico, al tiempo y a lo que puedes ver.
- Si quieres adelantar, comprueba el espacio libre, los vehículos de delante y de detrás, y la posibilidad de volver a tu carril.
- Señaliza el desplazamiento y adelanta solo cuando la maniobra sea legal y segura.
Imagina que terminas un tramo con velocidad limitada por una señal, pero la lluvia dificulta la visión. La R-500 acaba con esa limitación particular; tú debes mantener una velocidad adecuada a la lluvia.
Otro caso: termina la prohibición señalizada de adelantar, pero llegas a una curva sin visibilidad suficiente. Si necesitas invadir el sentido contrario, no puedes adelantar allí.
R-500, R-501, R-502 y R-506: qué cambia
R-500 tiene un alcance más amplio que el fin de una limitación concreta. R-501 y R-502 terminan una prohibición determinada; R-506 termina una obligación.
| Señal | Qué termina | Qué debes distinguir |
|---|---|---|
| R-500: Fin de prohibiciones | Las prohibiciones particulares anteriores para vehículos que circulan. | Puede acabar con varias a la vez. |
| R-501: Fin de la limitación de velocidad | La máxima impuesta por una señal anterior. | No termina por sí sola una prohibición de adelantar. |
| R-502: Fin de la prohibición de adelantamiento | La prohibición anterior de adelantar señalizada. | No elimina por sí sola una limitación de velocidad. |
| R-506: Fin de velocidad mínima | La mínima impuesta anteriormente por una señal. | La R-500 no sustituye esta señal. |
Consulta la lección de señales de obligación y fin y las señales que se confunden para comparar sus dibujos y otras parejas.
Trampas al estudiar la R-500
El error está en interpretar «fin» como permiso para hacer cualquier maniobra. Distingue qué procede de una señal anterior y qué procede de las reglas generales.
- «Se acaba la limitación anterior» no significa que puedas elegir cualquier velocidad.
- «Termina la prohibición de adelantar» no garantiza que tengas visibilidad suficiente.
- «Fin de prohibiciones» no equivale a fin de las obligaciones ni a permiso para aparcar.
La velocidad mínima es una obligación. No la des por terminada al pasar una R-500: esa señal pone fin a prohibiciones.
Al repasar una pregunta sobre velocidad, identifica primero si trata de un máximo o de un mínimo. Una velocidad máxima señalizada termina con la R-501, con la R-500 o con otra señal de velocidad máxima.
Qué puedes arriesgar si la interpretas mal
La sanción depende de lo que hagas después. Si superas el límite que sigue siendo aplicable, el exceso puede ser grave o muy grave según la velocidad alcanzada.
Un adelantamiento contrario a las reglas es una infracción grave, siempre que la conducta no constituya delito. La sanción general para una infracción grave es de 200 €.
Los excesos de velocidad tienen su propia escala de sanciones. Puedes consultar las multas por exceso de velocidad; no hay una cantidad única por interpretar mal la R-500.
Preguntas frecuentes sobre la R-500
¿La R-500 permite circular a cualquier velocidad?
No. Termina la limitación particular señalizada antes, pero debes cumplir el máximo que corresponda a tu vehículo y a esa vía. También debes reducir la velocidad cuando las condiciones lo exijan.
¿La señal de fin de prohibiciones permite aparcar?
No elimina por sí sola una prohibición de estacionamiento. Su alcance se limita a las prohibiciones señalizadas que afectan a vehículos mientras circulan. Para aparcar, comprueba las reglas y las señales del lugar.
¿La R-500 anula una señal de velocidad mínima?
No. La mínima impone una obligación. Puede terminar con R-506, con una mínima distinta o con una máxima cuyo valor sea igual o inferior al de esa mínima.
¿Puedo adelantar en cuanto paso la R-500?
Solo si la maniobra está permitida y es segura. Acaba la prohibición particular señalizada, pero debes comprobar la visibilidad, el espacio disponible y las demás condiciones del adelantamiento.
¿En qué se diferencian R-500 y R-501?
R-501 termina una limitación de velocidad anterior. R-500 tiene un alcance más amplio: también puede terminar otras prohibiciones señalizadas para la circulación, como la de adelantar.
Repasa la R-500 en el catálogo y practica cómo distinguir prohibiciones, obligaciones y sus señales de fin.
Practicar señales de tráficoFuentes
- Catálogo oficial de señales, Real Decreto 465/2025: anexo I, R-500, R-501, R-502, R-506 y R-411.
- Reglamento General de Circulación, artículo 45: adaptación de la velocidad.
- Reglamento General de Circulación, artículo 84 y artículo 87: condiciones y prohibiciones del adelantamiento.
- Reglamento General de Circulación, artículo 132: cumplimiento de las señales.
- Ley de Tráfico, artículo 76, artículo 77 y artículo 80: infracciones y sanciones.
- DGT: manual del permiso B en lectura fácil, junio de 2025, tema 8, página 177: fin de la limitación máxima señalizada.