Puntos y multas
Multas por exceso de velocidad: tramos, importes y puntos
Si superas un límite de velocidad, la multa y los puntos dependen de dos datos: el límite de la vía y la velocidad a la que ibas. La ley los fija en un cuadro, de 100 euros sin puntos a 600 euros y 6 puntos. Muy por encima del límite, ya es un delito.
Aquí tienes el cuadro completo, cómo leerlo, ejemplos, qué pasa si pagas pronto y lo que dice la norma sobre el margen de error de los radares.
Los límites de cada vía los aprendes en la lección de los límites de velocidad. TestAutoescuela es un sitio independiente: no somos la DGT y no tramitamos multas.
Ley de tráfico citada en su versión consolidada hasta el y Código Penal hasta el , consultados el . Orden de los radares (última actualización publicada el 3 de octubre de 2025) leída el .
- 100 €sin puntos: el primer tramo, infracción grave
- 300, 400 o 500 €con 2, 4 o 6 puntos, infracción grave
- 600 € y 6 puntosel tramo más alto, infracción muy grave
- Delitomás de 60 km/h por encima del límite en vía urbana, más de 80 km/h en vía interurbana
Cómo se calcula la multa por velocidad
El exceso de velocidad es una infracción grave o muy grave según el tramo que te corresponda en la tabla legal. Esta fija la multa y los puntos que pierdes.
Para la velocidad no valen las multas generales: 200 euros para una grave y 500 euros para una muy grave. Si superas la velocidad permitida, pagas el importe que indica la tabla de la ley.
Para saber qué te corresponde, sigue tres pasos:
- Busca el límite de la vía por la que ibas: es la fila de la tabla.
- Busca tu velocidad en esa fila: el tramo te da la multa y los puntos.
- Si superas el tramo de 500 euros, la infracción es muy grave. Y si te pasas del límite en más de 60 km/h en vía urbana o en más de 80 km/h en vía interurbana, ya no es una multa: es un delito.
El cuadro vale también para el radar de tramo. La sanción es la misma si tu velocidad media en ese tramo supera el límite permitido.
La tabla oficial de multas y puntos por velocidad
Es el cuadro de la ley, con las mismas cifras. Solo cambia la presentación: aquí cada fila es un límite, en la ley cada columna.
Todas las velocidades están en km/h. La tabla recoge las infracciones de velocidad detectadas por radar. La ley llama cinemómetro a ese aparato.
| Límite | 100 €, sin puntos (grave) | 300 €, 2 puntos (grave) | 400 €, 4 puntos (grave) | 500 €, 6 puntos (grave) | 600 €, 6 puntos (muy grave) |
|---|---|---|---|---|---|
| 20 km/h | 21 a 40 | 41 a 50 | 51 a 60 | 61 a 70 | desde 71 |
| 30 km/h | 31 a 50 | 51 a 60 | 61 a 70 | 71 a 80 | desde 81 |
| 40 km/h | 41 a 60 | 61 a 70 | 71 a 80 | 81 a 90 | desde 91 |
| 50 km/h | 51 a 70 | 71 a 80 | 81 a 90 | 91 a 100 | desde 101 |
| 60 km/h | 61 a 90 | 91 a 110 | 111 a 120 | 121 a 130 | desde 131 |
| 70 km/h | 71 a 100 | 101 a 120 | 121 a 130 | 131 a 140 | desde 141 |
| 80 km/h | 81 a 110 | 111 a 130 | 131 a 140 | 141 a 150 | desde 151 |
| 90 km/h | 91 a 120 | 121 a 140 | 141 a 150 | 151 a 160 | desde 161 |
| 100 km/h | 101 a 130 | 131 a 150 | 151 a 160 | 161 a 170 | desde 171 |
| 110 km/h | 111 a 140 | 141 a 160 | 161 a 170 | 171 a 180 | desde 181 |
| 120 km/h | 121 a 150 | 151 a 170 | 171 a 180 | 181 a 190 | desde 191 |
| 130 km/h | 131 a 150 | 151 a 170 | 171 a 180 | 181 a 190 | desde 191 |
Léelo así en una calle limitada a 50 km/h:
- de 51 a 70 km/h pagas 100 euros sin puntos;
- de 71 a 80, 300 euros y 2 puntos;
- de 81 a 90, 400 euros y 4 puntos;
- de 91 a 100, 500 euros y 6 puntos;
- desde 101, 600 euros y 6 puntos.
Las filas de 120 y 130 km/h coinciden desde el segundo tramo (151 a 170, 171 a 180, 181 a 190 y desde 191). Solo cambia el primero: 121 a 150 con límite 120 y 131 a 150 con límite 130. Así aparecen en el cuadro de la ley.
Imagina que vas a 55 km/h por una calle limitada a 30. Estás en el tramo de 51 a 60: 300 euros y 2 puntos.
Vas a 118 km/h por una carretera limitada a 90. Estás en el tramo de 91 a 120: 100 euros, sin puntos.
Vas a 175 km/h por una autovía limitada a 120. Estás en el tramo de 171 a 180: 400 euros y 4 puntos.
Vas a 104 km/h por una calle limitada a 50. Pasas de 101: es muy grave, 600 euros y 6 puntos.
El crédito inicial es de 12 puntos. Si tu permiso tiene tres años de antigüedad o menos, empiezas con 8, salvo que ya tuvieras antes otro permiso con esa antigüedad. Una multa de 6 puntos te quita 6.
Qué pasa si llegas a cero lo tienes en conducir sin puntos, y el resto de infracciones que quitan puntos en cómo se pierden los puntos.
Autovías de acceso a ciudades con límite por debajo de 100
Hay una regla especial para acceder a una ciudad por autopista o autovía. Se aplica en sus tramos interurbanos si el límite está por debajo de 100 km/h.
En esos tramos interurbanos de acceso a ciudades por autopista o autovía, si el límite es inferior a 100 km/h, pagas la multa que marca la tabla para el exceso cometido.
Los demás efectos administrativos y penales solo se aplican si circulas a más de 100 km/h. Para ellos se usan las condiciones previstas para ese límite.
Así lo entendemos nosotros, porque la ley no lo explica con ejemplos:
- la multa en euros sale del cuadro, con el límite real del tramo;
- los demás efectos, administrativos (como los puntos) y penales (el delito), solo llegan si pasas de 100 km/h, y se aplican en los términos fijados para el límite de 100.
Ejemplo, cuenta nuestra: en un acceso limitado a 80 km/h vas a 125. Con el límite de 80, la multa del cuadro es de 300 euros.
Para los puntos se mira la fila de 100: a 125 km/h estás en el primer tramo, sin puntos. Los efectos penales también se miden sobre ese límite de 100. La ley no da ejemplos de esta regla.
Cuándo el exceso de velocidad pasa a ser delito
Las infracciones de velocidad del cuadro lo son «cuando no sean constitutivas de delito». Si te pasas mucho del límite, ya no hay multa de tráfico: hay un delito del Código Penal.
Cometes un delito si conduces un ciclomotor o un vehículo de motor y superas el límite permitido en más de sesenta kilómetros por hora en una vía urbana, o en más de ochenta en una interurbana.
El Código Penal no escribe ninguna cifra en km/h. Las de esta tabla son cuentas nuestras a partir de su texto: el límite más 60 km/h en vía urbana o más 80 km/h en vía interurbana.
| Tipo de vía | Límite | Cálculo nuestro: es delito si pasas de |
|---|---|---|
| Urbana | 30 km/h | más de 90 km/h (30 + 60) |
| Urbana | 50 km/h | más de 110 km/h (50 + 60) |
| Interurbana | 90 km/h | más de 170 km/h (90 + 80) |
| Interurbana | 120 km/h | más de 200 km/h (120 + 80) |
Cuenta el tipo de vía, no solo el límite. En una carretera interurbana limitada a 50 km/h, cuenta el margen de 80 km/h: pasar de 130 km/h (50 + 80). Es otra cuenta nuestra.
La pena la pone un juez. Puede ser una de estas:
- prisión de 3 a 6 meses;
- multa penal de 6 a 12 meses (el juez fija cuánto pagas cada día);
- trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Y en cualquier caso, privación del derecho a conducir durante más de 1 año y hasta 4 años. Te lo explicamos con más detalle en exceso de velocidad y delito.
¿A qué velocidad salta el radar? Lo que dice la norma sobre el margen
No hemos encontrado ninguna norma que publique la velocidad a la que se dispara un radar.
La orden del Ministerio de Industria que regula los radares, en este punto, solo exige un selector que identifique las velocidades «superiores a un valor predeterminado». No dice qué valor.
En el cuadro, el primer tramo de cada límite empieza 1 km/h por encima: en la fila de 50, de 51 a 70 km/h son 100 euros. Cuánto se corrige la velocidad medida antes de aplicar el cuadro no lo fija ninguna de las normas que hemos leído.
Lo que sí fija esa orden es cuánto puede equivocarse un radar. Cada radar pasa una verificación periódica cada año. Estos son los errores máximos permitidos en carretera, con tráfico real:
| Tipo de radar | Hasta 100 km/h | Más de 100 km/h |
|---|---|---|
| Fijo o estático | ± 5 km/h | ± 5 % |
| Móvil, en un vehículo en marcha | ± 7 km/h | ± 7 % |
| De tramo | ± 3 km/h | ± 3 % |
Los tres tipos se distinguen así:
- un radar fijo está en un emplazamiento permanente y funciona solo;
- uno estático se coloca durante el control, por ejemplo en un trípode, con un operador que puede estar presente o a distancia;
- uno móvil va instalado en un vehículo y mide mientras este se mueve; si mide con el vehículo parado, cuenta como estático.
La orden habla del aparato, no de la multa. Ni ella ni la ley de tráfico dicen que se reste ese error a la velocidad medida antes de multarte, ni en qué cantidad.
La ley solo trae una pista. En el modelo de notificación de multas para vehículos matriculados en otro país de la Unión Europea hay una casilla para indicar la velocidad medida tras corregirla por el margen de error, cuando corresponda.
No dice cuál es ese margen. Para el examen y en la carretera, cuenta el límite de la señal.
- Llevar en el coche un detector de radares es infracción grave: 200 euros y 3 puntos.
- Conducir un coche con un inhibidor instalado, que interfiere en el radar, es muy grave: 6.000 euros y 6 puntos, y esa multa no tiene rebaja por pronto pago.
Pagar pronto, multas más altas y pérdida de puntos
Puedes pagar en el acto de la denuncia o en los 20 días naturales siguientes a la notificación, contados desde el día siguiente. Entonces la multa baja un 50 %. Es la mitad de cada multa del cuadro (cuenta nuestra):
| Multa del cuadro | Con pronto pago |
|---|---|
| 100 € | 50 € |
| 300 € | 150 € |
| 400 € | 200 € |
| 500 € | 250 € |
| 600 € | 300 € |
A cambio, renuncias a presentar alegaciones y el procedimiento termina el día del pago. La sanción queda firme desde ese momento.
Los puntos los pierdes igual: se pierden con la sanción firme, y el pago la hace firme.
Hay un caso a tu favor: si pagas una multa grave sin pérdida de puntos, como la de 100 euros, el Registro de Conductores e Infractores no la guarda como antecedente.
La multa del cuadro también puede subir. La ley permite aumentarla un 30 % según:
- la gravedad del hecho;
- tus antecedentes y si eres reincidente;
- el peligro que has creado;
- la proporcionalidad.
Ejemplo: 300 euros más un 30 % son 390 euros. Es una cuenta nuestra.
¿Quién te multa?
- En vías interurbanas y travesías, el Jefe de Tráfico de la provincia, que trabaja en la Jefatura Provincial de Tráfico.
- En vías urbanas, el alcalde.
- En las comunidades autónomas que han recibido las competencias de tráfico, sus propios órganos.
El Jefe de Tráfico puede delegar esa competencia. Puede delegarla en quien dirige el Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas si la infracción se detecta con un medio que capta imágenes del vehículo, como un radar que lo fotografía.
La escala general de multas y el pago con reducción los tienes en los tipos de multas.
Preguntas frecuentes sobre las multas por velocidad
¿Cuánto es la multa por exceso de velocidad?
Depende del límite de la vía y de la velocidad a la que ibas. Según el cuadro de la ley, va de 100 euros sin puntos a 600 euros y 6 puntos. Si pagas en el acto o en los 20 días naturales siguientes a la notificación, la multa baja a la mitad.
¿Cuántos puntos quita un exceso de velocidad?
Ninguno, 2, 4 o 6 puntos, según el tramo. El primer tramo no quita puntos: por ejemplo, de 51 a 70 km/h en una vía limitada a 50. Por velocidad, el cuadro nunca quita más de 6 puntos.
¿A qué velocidad salta el radar?
No hemos encontrado ninguna norma que lo publique. En el cuadro, el primer tramo de cada límite empieza 1 km/h por encima.
La orden de los radares fija cuánto puede equivocarse el aparato en su verificación anual, por ejemplo 5 km/h hasta 100 km/h en un radar fijo. Pero no dice que ese error se reste antes de multarte.
¿Cuándo es delito el exceso de velocidad?
Cuando conduces a más de 60 km/h por encima del límite en vía urbana, o a más de 80 km/h por encima en vía interurbana. Es una cuenta nuestra a partir del Código Penal, que no escribe cifras en km/h.
Entonces lo juzga un juez. La pena es prisión, multa penal o trabajos en beneficio de la comunidad, y siempre la privación del derecho a conducir durante más de 1 año y hasta 4 años.
¿El radar de tramo multa igual que un radar fijo?
Sí. También te sancionan si tu velocidad media en el tramo supera el límite permitido. Se aplica el mismo cuadro de multas y puntos.
¿La multa puede ser más alta que la de la tabla?
Sí. La ley permite subir un 30 % las multas del cuadro. Tiene en cuenta la gravedad del hecho, tus antecedentes, si eres reincidente, el peligro creado y la proporcionalidad.
¿Te preparas para el examen teórico? Repasa las multas y los delitos y ponte a prueba.
Hacer un test gratis Ver la lecciónFuentes
- Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: infracciones, multas, graduación, competencia, pronto pago, puntos y cuadro de sanciones por exceso de velocidad. Versión consolidada hasta el 1 de octubre de 2026.
- Código Penal: delito de exceso de velocidad. Versión consolidada hasta el 9 de abril de 2026.
- Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, sobre el control metrológico de los instrumentos de medida, anexo de los cinemómetros. Última actualización publicada el 3 de octubre de 2025.