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El temario del teórico

  • 61 lecciones
  • 21 capítulos
  • 8 h 56 min en total
  • tests corregidos
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Las partes de la vía: calzada, carril, arcén, acera y más · 9 min

¿Cuándo es tu examen teórico?

Seguridad vial

¿Se puede conducir con chanclas? Calzado y ropa al volante

Ni la ley de tráfico ni el reglamento de circulación nombran las chanclas para conducir un coche. Tampoco nombran ir descalzo, los tacones ni el abrigo. Lo que sí exigen es que controles el coche en todo momento y que conserves tu libertad de movimientos.

Por eso la pregunta útil no es «¿qué llevo puesto?», sino «¿puedo pisar, soltar y cambiar de pedal sin fallar?». Aquí tienes lo que dicen los textos, cuándo te pueden denunciar y qué aconseja la DGT (Dirección General de Tráfico). TestAutoescuela es un sitio independiente: no somos la DGT.

Ley de tráfico y reglamento de circulación citados en su versión consolidada hasta el , consultada el .

Qué dice exactamente la norma

Debes poder controlar tu vehículo en cualquier momento. Esa es la primera obligación.

La segunda va más lejos. Como conductor, debes mantener tres cosas que garanticen tu seguridad, la de tus pasajeros y la del resto de usuarios de la vía:

Para eso, la norma te pide cuidar tu posición al volante y la de los pasajeros. También te pide colocar bien los objetos y los animales que llevas, para que no interfieran contigo.

La ley también te exige conducir con cuidado, precaución y atención para no causar daños ni a ti ni a los demás.

Ninguno de estos textos habla de una prenda o de un calzado concreto para conducir un coche. Hablan del resultado que se espera de ti: control, libertad de movimientos y atención.

Si un agente considera que tu calzado o tu ropa te quitan alguna de esas tres cosas, puede denunciarte; los textos no dicen en qué casos.

Chanclas, descalzo, tacones o abrigo: caso por caso

La DGT habla de la ropa en su manual del permiso B (edición corregida de junio de 2025). Es una guía de estudio, no una norma: no crea ninguna prohibición ni sanción.

El manual dice «debes» para la ropa cómoda y el abrigo, y «no es aconsejable» para los tacones, las chanclas y la suela muy gruesa. Esta tabla separa lo que dicen los textos legales de lo que dice el manual.

Qué llevasQué dice la normaQué dice el manual de la DGT
ChanclasNo las nombra. Se aplica la regla general: control del coche y libertad de movimientos.No es aconsejable conducir con chanclas.
DescalzoNo lo nombra. Se aplica la misma regla general.Necesitas un calzado cómodo y ligero que facilite el uso de los pedales. El manual no habla de ir descalzo.
TaconesNo los nombra. Se aplica la misma regla general.El manual desaconseja que conduzcas con tacones.
Suela muy gruesaNo la nombra. Se aplica la misma regla general.No es aconsejable conducir con zapatos de suela muy gruesa.
AbrigoNo lo nombra. Cuenta la libertad de movimientos.En invierno, quítate el abrigo antes de ponerte al volante.
Ropa muy ajustadaNo la nombra. Cuenta la libertad de movimientos.Debes llevar ropa cómoda. Si la ropa te aprieta mucho, no podrás moverte bien.

Con las chanclas, el riesgo se entiende rápido. Una chancla puede:

Imagina que te pasa en una frenada de emergencia: podrías no controlar el coche, y eso es justo lo que la norma te pide evitar en todo momento.

Con el abrigo pasa algo parecido en los brazos y los hombros. Por ejemplo, si te cuesta girar el volante del todo o mirar por encima del hombro, tu libertad de movimientos podría estar limitada.

La ley también castiga no llevar el cinturón de forma adecuada; cómo debe ir colocado lo tienes en la lección del cinturón de seguridad.

Ejemplo

Imagina que vuelves de la playa en chanclas. Antes de arrancar, te pones unas zapatillas que tenías en la bolsa. Guarda las chanclas en la bolsa, en el asiento de atrás o en el maletero.

La norma pide colocar los objetos para que no interfieran contigo. Así tampoco podrían quedar debajo de un pedal en una frenada.

¿Te pueden multar? Lo que dicen la ley y el reglamento

Ni la ley ni el reglamento de circulación fijan una multa «por llevar chanclas» ni «por llevar abrigo». Si ves un importe fijo para eso, desconfía.

Lo que se puede denunciar es el incumplimiento de las obligaciones que acabas de leer. El importe depende de la infracción que describa la denuncia y de cómo la califique.

Lo que se denunciaCómo lo califica el textoMulta
No poder controlar tu vehículo en cualquier momentoInfracción leve, según la ley de tráficoHasta 100 €
No mantener la libertad de movimientos, el campo de visión o la atención permanenteEl reglamento dice que las infracciones a ese artículo son graves, pero la ley considera leve lo que no califica expresamente como graveHasta 100 € si la denuncia lo califica de leve; 200 € si lo califica de grave

El apartado 4 del artículo del reglamento sobre las obligaciones del conductor dice que las infracciones a ese artículo «tendrán la consideración de graves».

Pero remite a las letras f) y g) del artículo 65.4 del texto articulado de la ley de tráfico, que es la numeración de la ley anterior. El reglamento no dice qué conducta de la ley actual corresponde a esas letras.

Por otro lado, la ley actual considera leve no poder controlar el vehículo en cualquier momento. También considera leve incumplir las normas de la propia ley que no califica expresamente como graves o muy graves.

La leve se multa con hasta 100 € y la grave con 200 €. Por eso no hay una cifra única: depende de qué obligación se considere incumplida y de cómo la califique la denuncia.

La ley también califica como grave la conducción negligente. No es el caso habitual de quien lleva chanclas, pero existe.

Los puntos van aparte. La lista de infracciones que quitan puntos no nombra el calzado ni la ropa del conductor de un coche. Sí nombra, por ejemplo, conducir con auriculares o usar el móvil sujetándolo con la mano.

Cuándo una multa baja a la mitad por pronto pago y cómo se recurre lo tienes en tipos de multas de tráfico.

En moto, la regla es otra

Desde el 1 de octubre de 2026, el calzado cerrado es obligatorio en moto, ciclomotor, vehículo de tres ruedas, cuadriciclo y quad. Debe cubrir todo el pie y se exige en todo tipo de vías.

Lo llevan el conductor y el pasajero. Es uno de sus elementos de protección obligatorios, junto con el casco y, en vías interurbanas, los guantes.

Hay una excepción. El conductor y el pasajero quedan exentos del casco, los guantes y el calzado cerrado si el vehículo tiene estructura de autoprotección y cinturones de seguridad.

Además, eso debe constar en uno de estos documentos: la tarjeta de inspección técnica o bien el certificado de características del ciclomotor. En ese caso, el cinturón es obligatorio en todo tipo de vías.

La ley califica de grave no usar el cinturón, el casco y «demás elementos de protección obligatorios», y esa conducta figura en la lista que quita 4 puntos.

Los textos no dicen expresamente que esto se aplique al calzado: es una lectura de ellos. Lo repasas en la lección de motos y ciclomotores.

Antes de arrancar: cuatro comprobaciones

  1. Mira tus pies. El manual de la DGT dice que necesitas un calzado cómodo y ligero que facilite el uso de los pedales. Si llevas chanclas o tacones, cámbiate.
  2. Quítate el abrigo. Es la indicación del manual de la DGT para el invierno: debes quitártelo antes de empezar a conducir. Ponlo en el asiento de atrás antes de sentarte.
  3. Coloca lo que te quitas. La norma pide colocar los objetos para que no interfieran contigo. Un buen sitio para el calzado de repuesto o el abrigo es el maletero o el asiento de atrás.
  4. Prueba tu postura. Pisa el freno a fondo, gira el volante y mira por los espejos. Si algo te frena, corrígelo con el coche parado.

Lo que te sirve para el examen teórico

Para el examen, lo que cuenta es la regla de fondo: control del vehículo, libertad de movimientos, campo de visión y atención permanente. Es el mismo artículo que regula el móvil y los auriculares al volante.

Todo eso lo explica la lección de móvil, fatiga y distracciones. Cuando la tengas clara, comprueba lo que sabes con el test gratis del permiso B.

Preguntas frecuentes sobre el calzado y la ropa al volante

¿Se puede conducir con chanclas?

Ni la ley de tráfico ni el reglamento de circulación nombran las chanclas para conducir un coche. Pero debes estar siempre en condiciones de controlar el coche y conservar tu libertad de movimientos.

Por ejemplo, si una chancla se dobla, se sale o se engancha en un pedal, podrías perder el control del coche. El manual de la DGT dice que no es aconsejable conducir con chanclas.

¿Cuál es la multa por conducir con chanclas?

Ni la ley ni el reglamento de circulación fijan una multa propia por llevar chanclas. El importe depende de la infracción que describa la denuncia. La ley califica como leve no estar en condiciones de controlar el vehículo: multa de hasta 100 euros.

El reglamento dice que las infracciones al artículo sobre la libertad de movimientos y la atención son graves, pero remite a un artículo de la ley anterior. Y la ley actual considera leve lo que no califica expresamente como grave.

Por eso la multa puede ser de hasta 100 euros (leve) o de 200 euros (grave), según cómo califique la denuncia.

¿Se puede conducir descalzo?

Ni la ley ni el reglamento de circulación nombran ir descalzo. Se aplica la misma regla: debes poder controlar el coche y moverte con libertad. Según el manual de la DGT, necesitas calzado cómodo y ligero para manejar mejor los pedales. No menciona ir descalzo.

Si te quitas el calzado, colócalo para que no interfiera contigo. Por ejemplo, no lo dejes suelto a tus pies: podría quedar debajo de un pedal.

¿Te pueden multar por conducir con abrigo?

Ni la ley ni el reglamento de circulación prohíben el abrigo como prenda. Si te quita la libertad de movimientos que exige el reglamento, podrían denunciarte.

El manual de la DGT indica que debes quitarte el abrigo en invierno antes de ponerte al volante. También explica que, si la ropa te aprieta mucho, no podrás moverte bien.

¿Se puede conducir con tacones?

Ni la ley ni el reglamento de circulación los prohíben de forma expresa. El manual de la DGT dice que no conviene que conduzcas con tacones ni con una suela muy gruesa.

Por ejemplo, si el tacón te impide pisar bien o pasar rápido de un pedal a otro, podrías no estar en condiciones de controlar el coche.

¿Quitan puntos por conducir con chanclas?

En coche, la lista de infracciones que quitan puntos no nombra el calzado ni la ropa del conductor.

En moto, el reglamento llama elemento de protección al calzado cerrado, y la lista incluye no usar los «demás elementos de protección obligatorios», con 4 puntos. Los textos no dicen expresamente que esto se aplique al calzado: es una lectura de ellos.

¿Y en moto se puede ir con chanclas?

No. Desde el 1 de octubre de 2026, el calzado cerrado es obligatorio en moto, ciclomotor, vehículo de tres ruedas, cuadriciclo y quad. Debe cubrir todo el pie y se exige en todo tipo de vías. Lo llevan el conductor y el pasajero.

Quedan exentos si el vehículo tiene estructura de autoprotección y cinturones, y así consta en uno de estos documentos: la tarjeta de inspección técnica o bien el certificado de características del ciclomotor. Entonces el cinturón es obligatorio en todo tipo de vías.

¿Quieres repasar todas las obligaciones del conductor? Están explicadas con ejemplos en el temario gratuito.

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Fuentes